martes, 20 de octubre de 2015

ALQUILERES..¿Si fallece el que firmó el contrato, tiene que desalojar la familia?






Si fallece el titular del contrato de alquiler, su familia puede continuar la locación con todos los derechos y obligaciones que pactó el propietario con el  inquilino fallecido.-

En el caso que la propiedad se venda, el nuevo dueño debe respetar las convenciones estipuladas en el contrato original hasta que se venza el plazo del mismo.-
Fuente:. ART. 1189 Cod. Civil y Com. Argentino: TRANSMISION POR CAUSA DE MUERTE Enajenación de la cosa locada. Excepto pacto en contrario la locación a) se trasmite activa y pasivamente por causa de muerte. b) subsiste durante el tiempo convenido, aunque la cosa locada sea enajenada.-

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